ART. 1º Modifíquese el Artículo 2 de la Resolución CREG 186 de 2010, el cual quedará así:

ART. 2º Definición de Variables. Las variables o componentes utilizadas en esta Resolución deberán entenderse en la forma como se define a continuación:

Mc

Mes para el cual se calcula la tarifa.

Mi

Primer mes de aplicación del subsidio de que trata la presente resolución.

CS

Consumo de Subsistencia.

Cmi

Costo de Prestación del Servicio para el mes de inicio mi.

Cmc

Costo de Prestación del Servicio para el mes de cálculo mc.

%Smc,e

Porcentaje de Subsidio para el estrato e, calculado para el mes de cálculo mc.

%Smi,e

Porcentaje de Subsidio para el estrato e, calculado para el primer mes de aplicación del subsidio de que trata la presente resolución.

Tarifami,e(0-CS)

Tarifa a aplicar en el mes de inicio para el estrato e, en el rango de consumo entre cero (0) y el CS.

Tarifami,c(0-CS)

Tarifa a aplicar en el mes de cálculo para el estrato e, en el rango de consumo entre cero (0) y el CS.

  e   

Estrato socioeconómico uno (1) ó dos (2).

IPC

Índice de Precios al Consumidor publicado por el DANE.

 

Para cada servicio público domiciliario, el Costo de Prestación del Servicio , se entenderá como:

Energía Eléctrica Sistema Interconectado Nacional
(Resolución CREG-119 de 2007 o aquellas que la modifiquen, aclaren o sustituyan)

: Costo Unitario Equivalente de prestación del servicio de energía Eléctrica ($/kWh), para los usuarios de estrato e conectados al nivel de tensión n, correspondiente al mes m, del Comercializador Minorista i, en el Mercado de Comercialización j.

Donde:

CUvn,m,i,j

Componente variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio ($/kWh) para los usuarios conectados al nivel de tensión n, correspondiente al mes m, del Comercializador Minorista i, en el Mercado de Comercialización j calculado conforme a la Resolución CREG 119 de 2007 o aquellas que la modifiquen, aclaren o sustituyan.

CUfm,j

Componente fija del Costo Unitario de Prestación del Servicio ($/factura) correspondiente al mes m para el Mercado de Comercialización j calculado conforme a la Resolución CREG 119 de 2007 o aquellas que la modifiquen, aclaren o sustituyan.

Consumo promedio facturado de cero hasta el consumo de subsistencia para el mes anterior al de inicio o de cálculo m, correspondiente al estrato e, nivel de tensión n, comercializador minorista i, y mercado de comercialización j.

                                   

 

Gas Combustible por Red de Tuberías (Resolución CREG-138 de 2013 o aquellas que la modifiquen, aclaren o sustituyan)

: Es el Costo equivalente de Prestación del Servicio de Gas Combustible por Redes de Tubería expresado en ($/m3) aplicable en el mes m a los usuarios de estrato e del  Áreas de Servicio Exclusivo i y que es atendido por el comercializador j.

   Donde:

CUvm,i,j,e

 

Componente variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por redes de tubería expresado en ($/m3), aplicable en el mes m a los usuarios del estrato e, del Área de Servicio Exclusivo i y atendidos por el comercializador j.

CUfm,i,j,e

 

Componente fijo del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por Redes de Tubería expresado en ($/factura) aplicable en el mes m a los usuarios del estrato e, del Área de Servicio Exclusivo i y atendidos por el comercializador j.

Consumo promedio facturado de cero hasta el consumo de subsistencia para el mes anterior al de inicio o al de cálculo correspondiente al estrato e del Área de Servicio Exclusivo i y atendido por el comercializador j.

 

 

Gas Combustible por Red de Tuberías (Resolución CREG-137 de 2013 o aquellas que las modifiquen, aclaren o sustituyan)

: Es el Costo equivalente de Prestación del Servicio de Gas Combustible por Red expresado en ($/m3), aplicable en el mes m a los usuarios del estrato e, del Mercado Relevante de Comercialización i y que es atendido por el comercializador j

        

    Donde:

 

CUvm,i,j,e

 

 

Componente variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por redes de tubería expresado en ($/m3), aplicable en el mes m a los usuarios del Mercado Relevante de Comercialización i y atendidos por el comercializador j.

CUfm,i,j,e

 

 

Componente fijo del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por Redes de Tubería expresado en ($/factura) aplicable en el mes m a los usuarios del Mercado Relevante de Comercialización i y atendidos por el comercializador j.

Consumo promedio facturado de cero hasta el consumo de subsistencia para  el mes anterior al de inicio o de cálculo m, correspondiente al estrato e del Mercado Relevante de Comercialización i y atendido por el comercializador j.

 

PARÁGRAFO 1: Se entiende como Tarifa el valor resultante de aplicar al Costo de Prestación del Servicio el factor de subsidio o contribución que corresponda al usuario y la cual se ve reflejada en la factura.

PARÁGRAFO 2: En caso de que el valor de  o  
 sea igual a cero, dicho valor se tomará igual al consumo de subsistencia correspondiente.