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ART. 2º— Vigencia de la presente resolución. La presente resolución regirá desde su publicación en el Diario Oficial y perderá su vigencia el 31 de diciembre de 2018, cuando termine el período de aplicación de los subsidios previsto en la Ley 1753 de 2015.
PUBLíQUESE Y CÚMPLASE
Notas Con esta Resolución la CREG da cumplimiento a lo establecido en el art. 17 de la Ley 1753 de 2015. Comentarios Concordancias: Res. 186 de 2010 modificada por la Resolución CREG 186 de 2014. |