ART. 2.2.2.3.2. — Funciones del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, CNO. Serán funciones del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, CNO, las contenidas en la Ley 401 de 1997, en el Decreto 1175 de 1999, la Resolución 71 del 3 de diciembre de 1999 de la CREG y demás normas que regulen la materia.

(D. 2225/2000, art. 3º)