ART. 2.2.9.2.6. –– Certificación.  La Nación podrá solicitar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la certificación de que trata el artículo 101.9 de la Ley 142 de 1994, para otorgar subsidios con recursos del Presupuesto Nacional. (Decreto 1538 de 1996, artículo 14)