ART. 7º— Modifíquese el numeral 5.5 del Anexo 1 de la Resolución CREG 136 de 2014. El numeral 5.5 del Anexo 1 de la Resolución CREG 136 de 2014 quedará así:

“ A más tardar a las 10:00 horas del decimosegundo día hábil del mes calendario anterior al mes de suministro de la energía del producto  el administrador de las subastas publicará la cantidad total de energía disponible, , como se señala en la Tabla 2.