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Art. 4. Modifíquese el numeral 3.1.1 del anexo de la Resolución CREG 065 de 2015. El numeral 3.1.1 del anexo de la Resolución CREG 065 de 2015 quedará así: 3.1.1. Sujetos objeto de la constitución de la garantía de participación: Es obligatoria para los siguientes agentes para participar en la subasta. Los vendedores definidos en los artículos 17 y 33 de la Resolución CREG 114 de 2017, o en aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. Los compradores definidos en los artículos 18 y 34 de la Resolución CREG 114 de 2017, o en aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan.
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