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Art. 5. Siglas. Para efectos de la presente Resolución se tendrán en cuenta las siguientes siglas:
AOM: Administración, operación y mantenimiento
CNOG: Consejo Nacional de Operación de Gas Natural
CREG: Comisión de Regulación de Energía y Gas
MME: Ministerio de Minas y Energía
POC: Puesta en operación comercial
RUT: Reglamento único de transporte de gas natural
SNT: Sistema nacional de transporte de gas natural
SSPD: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
UPME: Unidad de Planeación Minero Energética
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