ART. 19º  Suscripción de contratos de transporte.  Una vez se lleve a cabo el proceso de asignación de capacidad descrito en las bases de Open Season se suscribirán los contratos de transporte y se registrarán en el gestor del mercado atendiendo las reglas previstas en la regulación para tal efecto.
 
PAR. 1º Una vez el promotor asigne la capacidad informará a la UPME los resultados de la asignación de la capacidad en un plazo máximo de 15 días hábiles.
 
PAR. 2º Una vez adjudicada la capacidad de transporte, el promotor deberá comunicar a los adjudicatarios de dicha capacidad la información referente a:
 
a. Cronograma de construcción y puesta en operación del proyecto. 
 
b. Dimensionamiento del proyecto donde se incluirá la capacidad de transporte Capacidad Máxima de Mediano Plazo – CMMP definida acorde a la resolución CREG 126 de 2010 o aquellas que la modifiquen o sustituyan, trazado y demás información que acuerden el promotor y los adjudicatarios de la capacidad.  
Conc.; RESOLUCIÓN CREG 126 DE 2010 (S.V) art. 19 ;