ART. 2. Notificaciones y recursos. Notifíquese de manera personal la presente resolución al representante legal de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. en su calidad de gestor del mercado de gas natural y publíquese en el Diario Oficial. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición que podrá ser interpuesto ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.