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ART. 10º— Establézcase el ANEXO 19 de la Resolución CREG 202 de 2013 correspondiente a la determinación del Factor de Uso de Redes de Distribución, así: ANEXO 19 Corregido. Resolución 011 de 2020, Art. 4, CREG. "FACTOR DE USO DE REDES DE DISTRIBUCIÓN El Factor de Uso de redes de distribución -FU- es la relación entre el nivel de utilización reportado de una red de distribución y el nivel máximo de utilización de los usuarios residenciales. Su aplicación se enmarca y hace parte del criterio de eficiencia. El Factor de Uso Eficiente (FUE) corresponde al factor de uso requerido para efectos tarifarios y para la aplicación de la metodología establecida en la presente resolución. Este factor sólo es aplicable a las componentes que remuneran la inversión en los Cargos de Distribución de los Mercados Relevantes de Distribución para el Siguiente Periodo Tarifario. El ajuste de la demanda de uso residencial del municipio p se realiza de acuerdo a un factor de uso mínimo por metodología M, el cual debe alcanzarse durante el periodo tarifario. Este ajuste se realizará de acuerdo al siguiente procedimiento:
1. Calcular el factor de uso del municipio p,, el cual se determina así: Donde
2. Calcular el Factor de Uso Mínimo del municipio p conforme a la siguiente fórmula: Donde
3. Si el Factor de Uso del municipio p Donde
4. La demanda total reportada para cada municipio en la solicitud tarifaria y que se utilice para el cálculo de la componente que remunera la inversión de los Cargos De Distribución, se incrementará con el delta de demanda que resulte de la diferencia de la demanda residencial ajustada por efecto del factor de ajuste FUE, y la demanda residencial presentada en la solicitud tarifaria para el Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Período Tarifario solicitado. El delta total de la demanda de la solicitud tarifaria se calcula así: donde n es el número total de municipios con prestación de servicio de gas combustible por redes de tubería que conforman el Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Período Tarifario".
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