ART. 1.— A partir del primero (1) de julio de 2020 queda levantada la suspensión de la realización de la Revisión Periódica de la Instalación Interna de Gas Combustible adoptada como medida transitoria mediante la Resolución CREG 035 de 2020, modificada por la Resolución CREG 066 de 2020.

 

Notas

Concordancias:

  • Decreto Legistativo 457 de 2020
  • Resoluciones CREG 035 y 112/2020