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Comentarios 7.2. VALORACIÓN DE LA INVERSIÓN BASE a) La Inversión Existente será la suma del valor total de los siguientes activos: i. Los activos existentes en la última revisión tarifaria, reportados por la empresa, tal como fueron considerados y valorados en dicho momento por la Comisión. b) El Programa de Nuevas Inversiones se valorará utilizando los costos unitarios eficientes definidos por la Comisión para cada Unidad Constructiva reportada por el Distribuidor en dicho Programa, conforme a lo dispuesto en el Anexo 2 de la presente Resolución. Conc.; LEY 142 DE 1994 art. 87. nums. 1, 4 ; Art. 92 ;
7.3. COSTO DE CAPITAL INVERTIDO 7.4. GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO (AOM) Los gastos de administración, operación y mantenimiento (AOM) de cada empresa se determinarán con base en la metodología de análisis envolvente de datos que se describe en el Anexo 3 de la presente Resolución. La proyección de gastos de AOM durante el Horizonte de Proyección deberá ser reportada por las empresas en pesos de la Fecha Base. (Siguiente ...) |