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ART. 2º — Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige de forma transitoria a partir de su publicación en el Diario Oficial .
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE |
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ART. 2º — Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige de forma transitoria a partir de su publicación en el Diario Oficial .
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