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ART. 20º - Vigencia de la Presente Resolución. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga los numerales 3. y 5. del artículo 5 y los anexos 4 y 6, todos los anteriores de la Resolución CREG 186 de 2020. Publíquese y Cúmplase |