SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS
"Por la cual se expide y adopta el Plan de Contabilidad para Entes Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios"
NOTAS DE VIGENCIA:
PLAN DE CONTABILIDAD NO INCLUIDO EN ESTA OBRA
6. Modificada por la Resolución 2842 de 2004, publicada en el Diario Oficial 45.698 de 11 de octubre de 2004, "Por la cual se modifica el Plan de Contabilidad para Entes Prestadores de Servicios Públicos en lo relativo al Impuesto al Patrimonio"
5. Plan de Contabilidad modificado por la Resolución 12772 de 2002, publicada en el Diario Oficial No. 44.972 de 22 de octubre de 2002, "Por la cual se modifica el Plan de Contabilidad en lo relativo al reconocimiento y revelación del impuesto para preservar la seguridad democrática"
4. Plan de Contabilidad modificado por la Resolución 3064 de 2002, publicada en el Diario Oficial No 44.738, de 13 de marzo de 2002, "por la cual se modifica la Resolución SSPD 006572 de 2001"
3. Modificada, en lo pertinente, por la Resolución SSPD 6572 de 2001, publicada en el Diario Oficial No. 44.549, de Septiembre 12 de 2001, "por la cual se actualiza el Plan de Contabilidad para Entes Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios expedido y adoptado mediante Resolución SSPD. 1416 de 1997 modificado mediante Resolución SSPD. 4640 del 9 de junio de 2000"
2. Modificada por la Resolución SSPD 4640 de 2000, publicada en el Diario Oficial No. 44.044 del 15 de junio de 2000, "Por el cual se modifica el Plan de Contabilidad para entes prestadores de servicios públicos domiciliarios expedido y adoptado mediante Resolución SSPD1416 del 18 de abril de 1997".
1. Plan de Contabilidad modificado por la Resolución 4493 de 1999
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS
En ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por los artículos 53 y 79.3 de la Ley 142 del 11 de julio de 1994, y el artículo 6.1 literal c.- del Decreto 548 del 31 de marzo de 1995 y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con las funciones establecidas en la Ley 142 de 1994 y el Decreto 548 de 1995, corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, establecer los sistemas uniformes de información y contabilidad que deben aplicar las entidades públicas, privadas o mixtas que presten servicios públicos domiciliarios, según la naturaleza del servicio y el monto de sus activos, y con sujeción siempre a los principios de contabilidad generalmente aceptados.
Que el Plan de Contabilidad para Entes Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado, Aseo, Energía, Gas Combustible y Telecomunicaciones, se elaboró observando las normas y la metodología establecidas en el Plan General de Contabilidad Pública, aprobado y adoptado según Resolución No. 4444 del 21 de noviembre de 1995, expedida por la Dirección General de la Contabilidad Pública.
Que el Plan de Contabilidad para Entes Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado, Aseo, Energía, Gas Combustible y Telecomunicaciones, tiene como finalidad lograr la uniformidad, centralización y consolidación de la contabilidad de las mismas, así como atender las necesidades de información en el ejercicio de las funciones de inspección, control y vigilancia, en aras de la eficacia de los organismos de control y vigilancia del Estado.
Que el Plan de Contabilidad para Entes Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado, Aseo, Energía, Gas Combustible y Telecomunicaciones, constituirá una herramienta de información adecuada para la formulación de los modelos de tarifas, subsidios, indicadores, esquemas de competencia y evaluación de gestión.
RESUELVE: