Por la cual se modifica la Resolución 180928 de julio 26 de 2006
Nota del editor: Derogada tácitamente por la Resolución MME 40278 de 2017 (entró en vigencia el 4 de abril de 2018).
El Ministro de Minas y Energía
en uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas en el Decreto 070 de 2001; y,
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Minas y Energía mediante Resolución 18 0928 de julio 26 de 2006 expidió el Reglamento Técnico aplicable a Estaciones de Servicio que suministran Gas Natural Comprimido para Uso Vehicular, en cuyo artículo 5º se establece que entrará en vigencia a partir del 1º de febrero de 2007.
Que de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 1º de la misma resolución se establece que: “En todo momento la EDS que suministra GNCV debe contar con un certificado de conformidad vigente sobre el cumplimiento del presente reglamento técnico, expedido por un organismo certificador acreditado”.
Que conforme lo ha manifestado la Superintendencia de Industria y Comercio, hasta la fecha ningún organismo certificador ha obtenido acreditación por parte de esa entidad para expedir certificados de conformidad en relación con el reglamento técnico establecido mediante Resolución 18 0928 de julio 26 de 2006.
Que se hace necesario prorrogar la entrada en vigencia del mismo y adoptar transitoriamente un mecanismo supletorio para la demostración de la conformidad de que trata el numeral 6º del artículo 1º de la Resolución18 0928 de julio 26 de 2006, hasta tanto exista, por lo menos, un organismo certificador acreditado por la Superintendencia de Industria y Comercio para tal fin.
Que conforme a la Norma NTC-ISO/IEC 17000 para evaluar la conformidad con los requisitos relativos a un producto, proceso, sistema, persona u organismo existen tres modalidades, entre ellas, la evaluación de conformidad de proveedor- primera parte que realiza la persona o la organización que provee el objeto.
RESUELVE: