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Resolución Creg 123 De 2013
Art. 3° -

Definiciones. Para la interpretación y aplicación de esta resolución se tendrán en cuenta las siguientes definiciones, además de las contenidas en la Ley 142 de 1994, los decretos del Gobierno Nacional y las resoluciones de la CREG, en especial aquellas contenidas en la Resolución CREG 089 de 2013 (fué sustituída pot la Res. 114/2017).

Centros principales de control, CPC:

centros pertenecientes a los diferentes gasoductos (sistemas de transporte) que hagan parte del sistema nacional de transporte, SNT, encargados de adelantar los procesos definidos en el RUT.

Código de distribución de gas natural:

se refiere a la Resolución CREG

067 de 1995

, sus modificaciones y adiciones.

Mercado minorista de gas natural:

conjunto de transacciones de intermediación comercial de la compra, transporte y distribución de gas natural y su venta a usuarios finales.

Número de identificación del usuario o NIU:

se refiere al número de identificación que el transportador y/o distribuidor asigna a cada uno de los usuarios conectados a su sistema.

Usuario potencial:

persona natural o jurídica que ha iniciado consultas para convertirse en usuario del servicio público domiciliario de gas natural.

(...)