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RESOLUCIÓN CREG 155 DE 2017 (V) -*
ART. 24º
ART. 24º -
— Cumplimiento del Reglamento Único de Transporte - RUT. La infraestructura de transporte que entre en operación como resultado de la aplicación de los procedimientos previstos en esta operación deberá dar cumplimiento a las condiciones operativas previstas en el – RUT.
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Ver Resolución CREG 071 de 1999.
