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Artículo 12. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Por la cual se adoptan medidas regulatorias dentro de las actividades de distribución y/o comercialización minorista de GLP enfocadas a reforzar la aplicación del esquema de responsabilidad de marcas en cilindros
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
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