Artículo 12. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Por la cual se adoptan medidas regulatorias dentro de las actividades de distribución y/o comercialización minorista de GLP enfocadas a reforzar la aplicación del esquema de responsabilidad de marcas en cilindros

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE