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ART. 4º— La presente resolución solamente se aplica a aquellos usuarios que comercialicen GNCV, como complemento de la Resolución CREG-057 de 1996. En este sentido, no se aplica a aquellas empresas que utilicen el GNC para uso doméstico.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
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