ART. 2º— Modificar el numeral 6 del Anexo No. 1 de la Resolución 062 de 2013, el cual quedará así:
 
6. Ajuste mensual del valor anual de los ingresos regulados. El valor anual del  ingreso regulado al que se refiere el artículo anterior se ajustará mensualmente conforme a la siguiente fórmula, en todo caso teniendo en cuenta la TRM del último día hábil del mes anterior a la realización del cálculo, así:
 
IRTm=IRTo  ×PPIm-1/PPIo
m  Mes para el que se calcula el pago del ingreso regulado
IRTm Valor anual, en el mes m, de la remuneración por la disponibilidad de la máxima capacidad en MPCD requerida para suministrar el GNI a los generadores
IRTo Valor anual, en el mes m en Dólares de los Estados Unidos en el mes de adjudicación, de la remuneración por la disponibilidad de la máxima capacidad en MPCD requerida para suministrar el GNI a los generadores
PPIm-1 PPI del mes m-1
PPIo  PPI del mes de adjudicación
Conc.; RESOLUCIÓN CREG 062 DE 2013 (V) -* anexo 1 ;