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ART. 23º— Puesta en operación comercial - POC de las obras de infraestructura de Open Season. La información técnica del proceso constructivo y las pruebas que se hacen previamente a la puesta en operación comercial, deberá ser entregada formalmente por el promotor al transportador responsable de la prestación del servicio, AOM de la infraestructura de transporte.
El transportador existente y el transportador que opere la infraestructura producto del Open Season, acordarán un protocolo operativo para la operación del sistema que se conecte al SNT acorde a las directrices que define el Reglamento Único de Transporte.
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