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CAPÍTULO II Criterios y mecanismo de selección ART. 4º— Modificado. Res. 200/2013, art. 1º, CREG. Modificado. Res. 12/2014, art. 1º, CREG. Proceso de selección. La Comisión de Regulación de Energía y Gas seleccionará el gestor del mercado mediante un concurso público sujeto a las reglas definidas en esta resolución. Este concurso considerará las siguientes etapas:
PAR. 1º— Los interesados podrán participar en este proceso de manera individual o a través de consorcios. Para los efectos de la presente resolución se entenderá que un consorcio es una forma de participación en la cual dos o más personas presentan en forma conjunta una misma propuesta para la participación en el proceso de selección del gestor del mercado, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta presentada y de las obligaciones derivadas de la ejecución que ello conlleva en caso de ser seleccionado como gestor del mercado, afectando a todos los miembros que lo conforman. PAR. 2º— En la resolución de apertura del proceso de selección se señalará la dirección en Bogotá o el correo electrónico a los que se deberá enviar la información establecida en este capítulo. PAR. 3º— Si la CREG declara desierto un proceso de selección del gestor del mercado de gas natural, en la resolución en la que de apertura a un nuevo proceso podrá suprimir la actividad 2, caso en el cual la actividad 3.1 se realizará dentro de las cinco (5) semanas siguientes a la fecha de apertura del proceso de selección.
Notas NOTA: Mediante la Resolución CREG 094 de 2014, la CREG seleccionó al Gestor del Mercado de gas natural. |