ART. 7ºPresentación de ofertas.  Los interesados que hayan sido precalificados deberán presentar sus ofertas a la CREG dentro del plazo establecido en el numeral 4.2 del artículo 4º de esta resolución. Las ofertas deberán constar de tres documentos:

1. La propuesta técnica deberá presentarse en español, en un documento de máximo 30 páginas. Deberá contener:

a) Descripción de la organización prevista, incluyendo la estructura corporativa. Deberá especificar los nombres y el perfil profesional del personal clave de la organización.

b) Plan detallado del período de planeación, en el que describirá las acciones previstas para el inicio de la prestación de los servicios a cargo del gestor del mercado.

Deberá describir la manera en que desarrollará la plataforma del BEC y especificar el software que utilizará, aclarando si el mismo ha sido utilizado para fines similares en otros mercados. Además, deberá describir los mecanismos mediante los cuales recopilará, verificará, publicará y conservará la información a ser declarada por los participantes del mercado.

También deberá describir las características de seguridad del BEC. Deberá describir un plan general de manejo de datos, incluyendo la manera en que procesará, almacenará y recuperará los datos, según se requiera, y los sistemas que utilizará para ello. Deberá entregar detalles de cómo propone asegurar los datos frente a pérdidas como intentos no autorizados por parte de terceros para acceder a los datos.

Además deberá describir la manera en que desarrollará la(s) plataforma(s) con las que dará aplicación a los procedimientos de negociación mediante el mecanismo de subasta en el mercado primario y en el mercado secundario, en caso de que no planee hacer uso del BEC para estos efectos. Deberá especificar el software que utilizará, aclarando si el mismo ha sido utilizado para fines similares en otros mercados.

El plan detallado del período de planeación también deberá incluir el cronograma previsto por el interesado para la ejecución de cada una de las actividades del plan. En el cronograma se deberán identificar claramente los hitos que el interesado prevé alcanzar cada mes durante el período de planeación, los cuales deberán ser medibles y verificables. La acumulación del avance en estos hitos representará el avance total del cronograma que será utilizado para la evaluación del desarrollo del período de planeación en los términos del artículo 15 de esta resolución.

c) Descripción de las acciones previstas para administrar los procedimientos de negociación mediante el mecanismo de subasta en el mercado primario y en el mercado secundario.

2. La propuesta económica deberá presentarse en español, en un sobre sellado, y deberá considerar lo siguiente:

a) El proponente deberá especificar de manera clara, sin ambigüedades, su ingreso anual esperado, esto es el ingreso que espera recibir en cada uno de los años del período de vigencia de la obligación de prestación de los servicios.

b) Modificado. Res. 200/2013, art. 3º, CREG. El ingreso anual esperado deberá considerar todos los costos, los gastos y los impuestos en que incurra durante el período de planeación y durante el período de vigencia de la obligación de prestación de los servicios, incluyendo el costo de oportunidad del capital. No deberá considerar el valor de la comisión de éxito que deberá pagar al promotor contratado por la CREG para la promoción del proceso de selección.

c) El ingreso anual esperado se deberá especificar en dólares constantes de los Estados Unidos de América, del año calendario anterior al primer año del período de vigencia de la obligación de prestación de los servicios.

d) El valor del ingreso esperado en cada año no podrá representar más del

de la sumatoria de los valores esperados en todos los años, ni menos del

de dicho valor, siendo n el número de años del período de vigencia de la obligación de prestación de los servicios.

3. Evidencia de la aprobación de la garantía de seriedad de que trata el numeral 1 del artículo 30 de la presente resolución.

PAR.—Los interesados que hayan sido precalificados no podrán asociarse o formar consorcios con otros precalificados para presentar ofertas de forma conjunta.