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ART. 8º—Reglamento aplicable a la presentación de ofertas. Los procedimientos que se aplicarán para la presentación, el recibo, la apertura y la consulta de las ofertas de los precalificados, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7º de la Resolución CREG 124 de 2013, serán definidos en un reglamento que se hará público mediante circular de la dirección ejecutiva de la comisión. Este reglamento se publicará a más tardar al finalizar la actividad definida en el numeral 4.1 del artículo 4º de la Resolución CREG 124 de 2013. La presentación de las ofertas deberá ser realizada mediante mecanismos electrónicos y la apertura requerirá el uso de claves por parte de un número plural de miembros de la CREG.
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