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ART. 5º— Modifíquese el artículo 8 de la Resolución CREG 136 de 2014. El artículo 8 de la Resolución CREG 136 de 2014 quedará así: “Negociaciones de contratos firmes bimestrales. Los vendedores y los compradores a los que se hace referencia en los Artículos 5, 6 y 7 de la presente Resolución sólo podrán negociar la compraventa de gas natural mediante contratos firmes bimestrales a través de las subastas que se realizarán cada dos meses y se regirán por el reglamento establecido en el Anexo de esta Resolución. PAR. 2º— El administrador de las subastas realizará una subasta en febrero de 2017 para el bimestre marzo-abril de 2017 y en abril de 2017 para el bimestre mayo-junio de 2017”.
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