ART. 48.— Bases de los cargos por uso del sistema. Los cargos que adopten los transportadores por el uso del sistema nacional de transporte deben ser consistentes con la metodología y fórmulas que defina la comisión, y publicados conforme a las siguientes instrucciones:

— Una tabla de cargos por concepto de uso del sistema nacional de transporte discriminando cada uno de sus componentes;

— Una tabla de cargos, si fuere del caso, para el cobro de la venta, instalación y mantenimiento de medidores o de otros equipos auxiliares en los puntos de entrada o de salida, cuyo costo no esté incluido en los cargos por uso;

— Otras materias que especifique la comisión, con similar propósito.

Conc.; RESOLUCIÓN CREG 071 DE 1999 (V) -* Anexo General num. 3.3; 3.4; 3.5, Art. 15 ;

Comentarios

 — Este artículo incorporó el artículo 19 de la Resolución 019 de 1995.

— El artículo 48 de la Resolución CREG 057 de 1996 se entiende modificado por lo dispuesto en el parágrafo del artículo 5º y en los numerales 5.5.1, 5.6 y 5.10 de la Resolución CREG 001 de 2000, así como por lo señalado en el numeral 3 “Conexiones” de la Resolución CREG 071 de 1999.