Por la cual se dictan normas relativas a la contribución de solidaridad sobre las compras de gas natural que realicen las empresas de generación termoeléctrica
La Comisión de Regulación de Energía y Gas,
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.
C O N S I D E R A N D O:
Que según la Ley 142 de 1994, en particular lo dispuesto por el artículo 73 numeral 23, en concordancia con la Ley 223 de 1995, artículo 95, corresponde a la Comisión definir cuáles son, dentro de las tarifas existentes al entrar en vigencia la primera de esas leyes, los factores que se estaban aplicando para dar subsidios a los usuarios de los estratos inferiores, con el propósito de que esos mismos factores se destinen a financiar los fondos de solidaridad y redistribución de ingresos.
Que realizado el estudio correspondiente a julio 11 de 1994, fecha en que entró a regir la Ley 142 de 1994, se observó que el costo del gas natural para las empresas que generan electricidad a base de ese bien, no incluía un factor que reuniera las condiciones a que se refiere el considerando anterior.
Que según el Decreto 1404 de 1996, corresponde a la Comisión de Regulación de Energía y Gas calcular los costos, los correspondientes excedentes y los promedios nacionales, cuando a ello hubiere lugar.
R E S U E L V E :