ART. 91.— Consideración de las diversas etapas del servicio. Para establecer las fórmulas de tarifas se calculará por separado, cuando sea posible, una fórmula para cada una de las diversas etapas del servicio.

Conc.; LEY 142 DE 1994 (V) -* Art. 73 ; Art. 13 ; 87 par. 1 ; Art. 107.1 ; Art. 1 ; Art. 108.1 ; Art. 146 ;

Comentarios

— Sobre los componentes de las fórmulas tarifarias del servicio público domiciliario de gas natural se pueden consultar –entre otros– los siguientes conceptos de la CREG:

a) Concepto CREG-2000-C001680: Factores de la fórmula tarifaria, cálculo del componente GIt previsto en la Resolución CREG 057 de 1996.

b) Concepto CREG-2000-C001668: Componentes del precio máximo regulado del gas colocado en los puntos de entrada del sistema nacional de transporte. (Metodología Resolución CREG 001/00).